Según informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), los contribuyentes inscriptos dentro del Régimen Simplificado (monotributo) tienen hasta el próximo 20 de septiembre para realizar la última recategorización anual.
Quedan obligados a efectuar el trámite aquellos monotributistas que hayan sufrido modificaciones en sus ingresos o en alguno de los otros parámetros a tener en cuenta al momento de la categorización como: los ingresos brutos devengados, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados -en el período entre los meses de setiembre de 2010 hasta agosto de 2011- y la superficie afectada a la actividad al 31 de agosto de 2011.
Cabe destacar que el contribuyente estará correctamente categorizado cuando se encuadre en la categoría que corresponda al mayor valor de sus parámetros: ingresos brutos, magnitudes físicas o alquileres devengados.
El trámite se realiza a través de la página web utilizando su clave fiscal ingresando al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario / Monotributo / Recategorización”.
En tanto, los contribuyentes que no hayan tenido modificaciones pueden permanecer en la misma categoría del Régimen Simplificado abonando el importe que corresponda a su categoría.
Cabe aclarar que, las obligaciones de pago resultantes de la nueva categorización, deberán abonarse a partir del mes siguiente al cambio.
Para mayor información, también puede dirigirse a Afip Bahia Blanca, San Martín 145.