Este 23 de Octubre se llevarán a cabo las elecciones nacionales 2011 y aquellos ciudadanos que no votaron en las primarias, si bien incurrieron en una infracción electoral, podrán igualmente votar en las elecciones generales.
Los candidatos que se presentan en estas elecciones obtuvieron en las primarias por lo menos el 1,5% de los votos del distrito.
¿Qué se vota en las elecciones nacionales?
Elegiremos a nuestros representantes para los distintos cargos electivos nacionales, entre los candidatos proclamados en las elecciones primarias.
¿Quiénes votan en las elecciones nacionales?
Todos los ciudadanos nativos, por opción o naturalizados- que tengan 18 años o más al 23 de octubre y que no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas por la normativa vigente, tienen el derecho y el deber cívico de votar en las Elecciones Nacionales.
El elector deberá estar inscripto en el padrón electoral.
¿Dónde y cuándo puedo consultar el lugar de votación?
Se puede consultar en los padrones definitivos:
Por internet: www.padron.gob.ar
Telefónicamente, llamando al 0800-999 PADRON (7237)
Enviando un mensaje de texto (SMS) al 64646, ingresando la palabra “voto” (espacio) y el número de DNI seguido de la letra “M” o “F”, según el sexo del elector
¿Con qué documento se vota en las elecciones nacionales?
Los documentos cívicos habilitantes son: Documento Nacional de Identidad (tapa verde o celeste), Libreta Cívica y Libreta de Enrolamiento.
El Nuevo DNI en formato tarjeta NO es documento habilitante para votar.
Para votar es necesario concurrir con el documento que figura en el padrón o con una versión posterior.
Quienes se presenten a votar con un documento con una versión anterior al que figura en el padrón no podrán votar.
¿Cómo se vota en las elecciones nacionales?
En el cuarto oscuro encontraremos las boletas de los partidos y alianzas, en distintos colores y con fotografías de los candidatos, para que cada elector pueda identificar mejor la boleta de su preferencia.
Cada agrupación política mantendrá el color de la boleta que haya usado en las elecciones primarias.
En cada categoría, cada elector podrá votar por una sola candidatura o lista de candidatos de su preferencia.
A diferencia de las primarias, en las elecciones nacionales el votante podrá elegir una boleta completa o cortar boleta por categoría de cargos unicamente entre partidos y alianzas diferentes.
Luego de votar, el presidente de mesa sellará y firmará el documento del elector y se lo devolverá.
¿Qué sistema electoral se aplica en las elecciones nacionales?
El sistema electoral varía de acuerdo a la categoría de cargo, coexistiendo de este modo tres fórmulas diferentes: sistema mayoritario con segunda vuelta electoral, sistema mayoritario con lista incompleta y sistema de representación proporcional.
Presidente y Vicepresidente: la elección para la fórmula presidencial es directa a simple pluralidad de sufragios.
Cuando la fórmula más votada obtiene más del 45% de los votos o más del 40% con una diferencia mayor al 10% respecto de la fórmula que la sigue en número de votos, la misma es proclamada directamente.
En caso contrario, se realiza una segunda vuelta electoral entre las dos fórmulas más votadas, proclamándose la que obtiene más votos.
Senadores Nacionales: Los Senadores Nacionales por las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se eligen en forma directa por el pueblo de las mismas, que se consideran a este fin como distritos electorales.
El escrutinio de cada elección se practica por lista, resultando electos los dos candidatos titulares correspondientes a la lista que haya obtenido la mayoría de los votos emitidos y el primero de la lista que le sigue en cantidad de sufragios.
Diputados Nacionales: Los Diputados Nacionales se eligen en forma directa por el pueblo de cada provincia y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se consideran a este fin como distritos electorales.
Cada elector vota por una sola lista de candidatos oficializada cuyo número es igual al de los cargos a cubrir.
El escrutinio de cada elección se practica por lista y los cargos a cubrir se asignan conforme al orden establecido por cada lista, previa aplicación de la fórmula D’Hont de representación proporcional. Las listas que no logren un mínimo del tres por ciento (3%) del padrón electoral del distrito, quedan excluidas de la asignación de cargos.
Por mayor información se podrá consultar en www.elecciones.gov.ar.
Sí voto Sólo para intendente mi voto queda anulado?
como hago para saber adonde voto??
padron.gob.ar
Podés empezar leyendo la nota, y ahí te vas a enterar 😉